Qué es un Preconcurso de Acreedores y por qué puede ser una herramienta útil en estos momentos [Actualizado Junio 2022]

¿Qué es un preconcurso de acreedores?

Es una herramienta regulada en el Artículo 5 de la Ley Concursal que permite al deudor comunicar al juzgado que abre negociaciones con sus acreedores para alcanzar un acuerdo de refinanciación.

La herramienta da margen a la empresa insolvente frente a la necesidad de presentar el concurso de acreedores dentro de los 2 meses siguientes a la fecha en la que tuvo constancia de su insolvencia.

¿Qué se consigue con el preconcurso de acreedores?

Lo más relevante es que se abre la posibilidad de negociar un acuerdo de refinanciación de la deuda o bien una propuesta anticipada de convenio con los acreedores, evitando así la declaración del concurso. Para ello la Ley concede un plazo y exime a los administradores de la obligación de solicitar concurso aún estando en situación de insolvencia y prohíbe a los acreedores iniciar acciones contra los bienes o derechos del deudor que puedan poner en peligro su actividad.

El objetivo es que se pueda mantener la actividad de la empresa de manera normal: no supone ningún cambio en la actividad cotidiana de la empresa insolvente ni en la capacidad de sus órganos de administración. Además, si el deudor solicita expresamente el carácter reservado del inicio de negociaciones, no se ordenará la publicación del extracto de la resolución por la que queda constancia de la situación de la compañía.

¿Qué plazos da la declaración de preconcurso de acreedores?

Los plazos son 3 meses desde la declaración de preconcurso para negociar un convenio; y un mes más para solicitar la declaración de concurso de acreedores en el caso de que ese acuerdo no se alcance.

Además, durante la negociación puede alcanzarse un acuerdo de convenio que sería tenido en cuenta a la hora de la declaración del concurso de acreedores si la empresa deudora así lo estima conveniente; con lo que los plazos del procedimiento del propio concurso, de producirse, se acortan de manera drástica.

¿A qué se arriesga con la presentación del preconcurso de acreedores?

Los acreedores no pueden iniciar procedimientos contra bienes y derechos del deudor; pero sí pueden iniciar acciones con el objetivo de situarse en ventaja a la hora de acceder a los bienes en liquidación.

¿Es una herramienta válida en el momento actual?

Creemos que es más válida que nunca. La Ley Concursal define la insolvencia como el estado en el que se encuentra un deudor que no puede hacer frente a sus obligaciones de manera regular.

En ese sentido, es importante distinguir entre una insolvencia provocada por una quiebra en el modelo de negocio de una empresa o por algún problema estructural; de otra insolvencia “puntual” provocada por una situación circunstancial que afecte a un negocio que, de otra manera, sería viable; y se pueda acotar en un momento determinado.

En estos casos, la resolución extrajudicial de las insolvencias supone una vía altamente recomendable, tanto por la mayor rapidez de su desarrollo como la mayor flexibilidad del procedimiento y su menor repercusión social.